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miércoles, 19 de abril de 2023

La disputa contra la pobreza extrema en los comienzos del franciscanismo

 

La ética franciscana de la extrema pobreza, pese a ser un desprendimiento inevitable de las propias palabras de Jesús, fue considerada errónea por ciertos círculos eclesiásticos del siglo XIII que se sustentaban en la autoridad de Aristóteles:

 

Los obstáculos más grandes opuestos a la defensa del estilo de vida ordenado según la pobreza radical, procedían de la concepción aristotélica de la ética, que condicionaba muchas de las expresiones filosóficas y teológicas de la época. Fue éste el terreno fecundo que permitió profundizar de forma significativa aspectos ético-sociales de gran calado. De hecho, la pobreza radical era vista, por la mayoría, como una violación de los derechos fundamentales de la naturaleza humana y como una interpretación equivocada de la pobreza de los Apóstoles. ¿Cómo es posible servirse de las cosas sin ejercer dominium sobre ellas, y, por tanto, sin ser propietarios de ellas?

 

A la defensa de Francisco y de su ética debieron salir el franciscano Buenaventura, Duns Escoto y Guillermo de Ockham, porque ciertos doctores de la Iglesia, con Tomás de Aquino a la cabeza, movían cielo y tierra (en especial tierra) para convencer al Papa de que la pobreza extrema que el santo recomendaba resultaba herética para el catolicismo. Según San Buenaventura,

 

la renuncia a la posesión de los bienes en privado y en común, y, por tanto, la pobreza radical, no va contra la naturaleza humana tal como fue pensada y querida por Dios, sino contra la naturaleza actual que se ha vuelto egoísta y sometida a la concupiscencia. El que piensa de otra forma confunde la naturaleza instituida con la naturaleza destituida. Porque el hombre ha sido creado desnudo, hecho para compartir los bienes, no para apoderarse de ellos.

 

Para Duns Escoto,

 

El hombre no es propietario por naturaleza [...], convencido de que la distinción entre los dominia no forma parte del status innocentiae, cuando todo era común y el uso de los bienes respondía sólo a la lógica de la necesidad de cada uno. El actual desenfreno del instinto concupiscente forma parte de nuestra historia, no de nuestra naturaleza, con aquellos rasgos de violencia y de dominio abusivo que han marcado el ritmo de su transcurso. Se ha tratado de una mutación antropológica, de la que se hace reflejo y expresión la historia. Así desde el estado de comunión de bienes se ha pasado al estado de distinción de los dominia para propiciar una convivencia pacífica. Ni el derecho natural o ius naturae ni el divino o ius divinum se pueden tomar legítimamente como argumento a favor de la propiedad, como si ésta expresara la índole originaria de la naturaleza humana.

 

No somos naturalmente, sino indignamente propietarios: el derecho de propiedad nace con la caída del hombre en el pecado. La naturaleza primitiva del hombre, previo a la caída, no admite propiedad alguna y utiliza las cosas en común y sin disputas. A estos argumentos de San Buenaventura y Duns Escoto se les suman otros tantos de Guillermo de Ockham, para quien la pobreza radical franciscana

 

no viola ningún derecho natural, como pretendían cuantos, inspirándose en la concepción pagana, partían del presupuesto de la naturaleza inmutable y substancialmente inviolada. El privilegiar la naturaleza, presente aun de forma mitigada en muchas expresiones filosófico-teológicas del tiempo, es criticado de común acuerdo, con el epílogo de que el actual derecho a la propiedad privada está vinculado al status naturae lapsae, con una orientación histórica que es expresión de la necesidad de contener aquel instinto de someter, al que se refiere el cristiano en el mundo y del que el franciscano pretende librarse poniéndose más allá de la normativa propietaria. Está claro que el dominio de uno sobre el otro entra dentro de la misma lógica poslapsaria y es consecuencia de la índole operativa de los individuos, y, por tanto, no forma parte de la arquitectura divina del mundo, ni puede decirse dimensión constitutiva de la naturaleza humana.

 

Pero ni Buenaventura, ni Escoto, ni Ockham pretenden eliminar el derecho de propiedad o considerar herejes a quienes lo sustentan, simplemente piden que se les permita, a ciertos católicos particularmente interesados en la doctrina evangélica, renunciar a ese derecho:

 

Estamos en el status iste, consecuencia de la situación precaria en la que nos encontramos. Tanto Alejandro de Hales como Buenaventura piensan en la división de los dominia como en un acontecimiento propio del estado de caída, expresión de un derecho que antes prescribía la comunión de los bienes y de los pueblos, y después, tras el pecado original, ha legitimado la posesión de las cosas y la autoridad de uno sobre el otro. El derecho asume dos formas diferentes, antes y después de la caída. [...]. El dominium es fruto de la lógica de la naturaleza corrompida. Duns Escoto se mueve en la misma dirección, que vuelve más rigurosa sin modificarla. Considerando de derecho natural sólo aquellas leyes que son evidentes de por sí o evidentes ex terminis, se acerca a la terminología tradicional, y más que hablar de derecho natural en lo que toca a la división de los dominia consecuencia del pecado, prefiere hablar de solución razonable, no la única posible, ciertamente no de derecho natural.

 

Ockham llega incluso a considerar que las leyes e instituciones que protegen la propiedad —leyes e instituciones cuya consecuencia, agrego yo, es la de que prolifere la riqueza extrema por un lado y la extrema indigencia por el otro— son de origen divino. Que la pobreza franciscana constituya una opción válida para el católico no significa que aquellas leyes que avalan el derecho de propiedad

 

deban ser rechazadas o miradas con sospecha y a distancia, lo mismo que no vemos con desconfianza la medicina, sino que la consideramos remedio saludable para recuperar el bienestar perdido. Es obvio que no se trata sólo de mirar al esfuerzo institucional como si fuera el momento más significativo de una historia de crecimiento, sino también de no idolatrar sus expresiones, bloqueando su cambio. Ockham nota que el poder de apropiarse de las cosas, que va después de la pérdida del poder de disfrutarlas en común, y ha sido regulado en sus articulaciones por el derecho positivo, no se explica sin la inspiración de Dios, ni tampoco sin suponer actuando una especie de derecho divino, acordado a todo el género humano (Orlando Todisco, capítulo VII del Manual de filosofía franciscana (José Antonio Merino coord.), pp. 253 a 258). [Madrid: biblioteca de autores cristianos, 2004]

 

Gracias a gente como Buenaventura, Escoto y Ockham, el franciscanismo se instaló dentro de la ortodoxia católica y no pasó a formar parte de la lista de las herejías que la Iglesia persiguió a sangre y fuego. Sin embargo, estos autores, teniendo perfectamente claro que la Iglesia de ningún modo accedería a desprenderse de sus bienes terrenales, entraron en una componenda: lo ideal es la pobreza extrema que predica el evangelio, pero como el hombre es un ser caído y pecador, es indispensable regular la concupiscencia humana mediante leyes que protejan el derecho a la propiedad para que no impere la ley de la selva. Los franciscanos quedaron así a salvo de la disyuntiva entre la persecución o la retractación, y la Iglesia quedó a salvo de ser considerada una institución que choca de frente con las enseñanzas evangélicas. Por decirlo de una manera, estos tres teólogos quedaron bien con Dios y con el diablo, y yo creo saber quién representa a Dios y quién representa al diablo en esta historia.